Mons. Stanovnik profundizó sobre el proceso de nulidad del matrimonio

Mons. Stanovnik profundizó sobre el proceso de nulidad del matrimonio

Corrientes (AICA): El arzobispo de Corrientes, monseñor Andrés Stanovnik OFMCap, disertó en la jornada de Derecho Canónico organizada por el arzobispado de Corrientes y el área de capacitación del Poder Judicial de Corrientes. El prelado explicó conceptos claves sobre la Iglesia y sus leyes, y otros expositores se refirieron al derecho matrimonial y, particularmente, al proceso de nulidad del matrimonio, reformado recientemente por el papa Francisco.
Se llevó a cabo en la ciudad de Corrientes la jornada de Derecho Canónico organizada por el arzobispado de Corrientes y el área de capacitación del Poder Judicial de Corrientes, el miércoles 14 de junio, en el auditorio del edificio de Tribunales.

La jornada se desarrolló en el marco del programa “La Justicia y la sociedad civil” y, además de aspectos históricos trascedentes de la legislación que rige la Iglesia católica, se plantearon aspectos referidos a los actuales procesos de nulidad matrimonial.

Las disertaciones estuvieron a cargo del arzobispo de Corrientes, monseñor Andrés Stanovnik OFMCap; del vicario judicial y presidente del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano de Corrientes, presbítero licenciado Mario Benito González; de la defensora del vínculo del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano, doctora María Judith Ruesjas, y del miembro del Tribunal Judicial Diocesano y ex juez del Juzgado de Instrucción Nº 3, doctor Luis Osvaldo Cochia. Estuvieron presentes también el presidente del Superior Tribunal de Justicia, doctor Guillermo Horacio Semhan y el ministro doctor Fernando Augusto Niz.

Al iniciar la jornada, el doctor Semhan destacó la relevancia de la actividad que, por primera vez, reflexionó sobre las nuevas normas que regulan el proceso de nulidad matrimonial, sus dudas, sus certezas y sus normas. Sostuvo que esa reforma coloca a los fieles de América Latina y Oriente medio en el centro de la pastoral y a los obispos a su servicio.

Monseñor Stanovnik repasó “algunos conceptos claves de la Iglesia” porque “un corpus legislativo se entiende en tanto conozcamos al sujeto al cual sirve y del cual se beneficia”. Profundizó en algunos criterios básicos que orientan la reforma en la Iglesia “dado que ésta es una realidad en continua transformación y, en consecuencia, también su legislación está sometida a un proceso permanente de modificación, y para evitar el preconcepto de conservadurismo y rigidez que suele acompañar la comprensión que tenemos de la misma”.

Sobre la naturaleza de la Iglesia, el prelado ubicó “el Código actual como el principal documento legislativo de la comunidad eclesial”. Para finalizar, hizo una presentación del Estado de la ciudad del Vaticano, la Santa Sede y el corpus jurídico.

Entre otros conceptos, el arzobispo aclaró que las transformaciones a lo largo de la historia no implican rupturas puesto que no puede negarse lo vivido, sino que hay que asumir el pasado para poder avanzar. “Dios se revela progresivamente al ser humano, en la medida que el hombre pueda comprenderlo”, expresó.
Ver texto completo de monseñor Stanovnik.

El presbítero Mario González abordó los orígenes del Derecho Canónico y los primeros intentos por la codificación de esta rama jurídica. Describió el impulso codificador por parte de los sumos pontífices a lo largo de los años, materializado o plasmado en el primer Código de Derecho Canónico de 1917 y su posterior reforma tras el Concilio Ecuménico Vaticano II, en 1983.

La licenciada Ruesjas presentó las fases del proceso de nulidad matrimonial y explicó que para la Iglesia católica el matrimonio no es algo privado, sino que tiene una dimensión natural y pública, tiene una especial relevancia tanto sustantiva como procesal. Aclaró –además- que la Iglesia católica ejerció desde su fundación esta potestad legislativa, administrativa y judicial sobre el matrimonio de los bautizados, ya que lo considera un derecho propio.

La doctora describió las fases que se llevan adelante ante un pedido de nulidad y resaltó que “un matrimonio ‘in fieri’ es nulo cuando en su celebración operó un impedimento dirimente, un defecto o vicio del consentimiento, o un defecto de forma jurídica”. Enfatizó que la declaración por un tribunal de la nulidad de un matrimonio implica el reconocimiento de que nunca hubo vínculo jurídico matrimonial. “Es decir, se declara que no hubo contrato, que el matrimonio ‘in fieri’ nunca existió”, afirmó y añadió: “Esto no significa que el matrimonio sea nulo porque así lo establezca la sentencia judicial, sino porque ya lo era desde su aparente constitución, con lo que el pronunciamiento judicial se limita a constatar la nulidad de forma únicamente declarativa”.

El último de los disertantes fue el doctor Cochia, quien presentó el proceso de nulidad matrimonial que es ahora más breve y se realiza ante el obispo. Destacó que estas modificaciones fueron introducidas en el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus del papa Francisco el 15 de agosto de 2015. Puntualizó que mantiene como requisitos para su sustanciación, la causal de nulidad manifiesta y evidente y el consentimiento de ambos cónyuges, destacando la figura central del obispo como juez.+

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